06/09/2013
SECRETARIA DE ASUNTOS DOCENTES DE LA COSTA INFORMA A LA DIRECCIÓN DE PRENSA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA COSTA, GREMIOS DOCENTES Y ASPIRANTES:
Secretaría de Asuntos Docentes de La Costa informa que debido a la vigencia la Disposición conjunta N° 11/13 que pauta la recepción de reclamo de haberes:
1)
Reclamos por haberes no percibidos, serán recibidos de lunes a
jueves de 8:00 a 12:00 y de 13:00 a 14:30 hs. para remitir a la Dirección de Personal
(La Plata) deberán adjuntar:
a)
Nota aclaratoria del reclamo detallando pormenorizadamente lo
solicitado (con copia).
b)
Copia simple del contralor, resaltando con color el reclamo,
adjuntando copia de la documentación respaldatoria que correspondiera
(designación, cese, talón de licencia, disposición, limitación u otra)
c)
Toda la documentación en un folio.
2)
Los reclamos relacionados con la carga de altas y ceses de
provisionales y suplentes, prolongación de suplencias y ceses de éstos por
renuncias correspondientes a los niveles inicial, primario, especial, adultos y
formación profesional a partir del 01/05/13; a cargo de la SAD no deben
tramitarse por esta vía, los mismos deben gestionarse a través del personal
jerárquico del establecimiento quienes se pondrán en comunicación con esta SAD.
en el caso que no pueda resolverse en esta instancia, éstos notificarán de tal
situación y habilitarán el reclamo a Dirección de Personal (La Plata), como se
explica en el punto 1 de este comunicado.
3) Las situaciones que pueden reclamarse y de las que ni el Consejo Escolar
ni la SAD tienen posibilidad de intervenir son:
ü
Altas, limitaciones o modificaciones de licencias.
ü
Movimientos de titulares por MAD.-
ü
Destinos definitivos.-
ü
Modificaciones de cursos, divisiones o turnos.-
ü
Servicios provisorios.-
ü
Reubicaciones transitorias o definitivas.-
ü
Cambios de funciones.-
ü
Cambios de situación de revista.-
ü
Modificación de deudas.-
ü
Modificaciones de datos personales tales como: DNI, fecha de
nacimiento, sexo, apellido y nombres.-
ü
Altas de provisionales en módulos, horas, cargos que aún no han
sido liberados desde La Plata (ejemplo: ceses por jubilaciones, MAD, etc.).-
ü
Altas de suplentes pendientes de algún movimiento de titulares.-
ü
Altas de suplentes y/o prolongaciones de suplencias en módulos,
horas y/o cargos cuyas licencias no hayan sido cargadas.-
ü
Altas de titulares.-
ü
Ceses de titulares.-
ü
Altas y/o ceses de cargos jerárquicos.-
ü
Altas de suplentes de docentes con reubicaciones transitorias o
servicios provisorios.-
ü
Reclamos por aguinaldo, incentivo docente, proporcional de
vacaciones, descuentos por paros, descuentos de AFIP, salario familiar,
retroactivos adeudados, falta de liquidación.-
ü
Etc.-
4) La SAD recepcionará
reclamos docentes (todos los niveles y modalidades anteriores al 01/05/13 y
todos aquellos que se desprendan del punto 2 y los remitirá semanalmente a la Dirección
de Personal (Dirección Provincial de Recursos Humanos) a través de la Dirección
de Asuntos Docentes, cuando el mismo sea respondido y recepcionado en este
organismo, se informará de tal situación a través de comunicados de prensa.
5) Atento a lo normado en la Ley
Provincial N° 13.688 (art. 87° Competencias de las Secretarías de Asuntos
Docentes-art. 170° Competencias de los Consejos Escolares), la intervención de
la SAD se limitará al envío y recepción de los reclamos con el fin de colaborar
en la resolución de las problemáticas relacionadas con haberes del personal
docentes.
6) Los reclamos
correspondientes al Personal de Servicio se tramitan vía Consejo Escolar.
Cordialmente.
Prof. Karina IparraguirreSecretaria de Asuntos Docentes
La Costa
No hay comentarios:
Publicar un comentario